SEGURO DE CONVENIO COLECTIVO

Protege el activo más importante de tu empresa: las personas.
El seguro de convenio colectivo es obligatorio para proteger a los trabajadores y familiares ante una invalidez o muerte a consecuencia de un accidente laboral. La no contratación prevista en el convenio colectivo es un incumplimiento de las obligaciones de la empresa sancionable con una multa de 6.251 a 187.515 euros.

SEA CUÁL SEA EL PRECIO DE TU CONVENIO,
¡TE LO REBAJAMOS!

SEGURO ¡SIN PRIMA MÍNIMA!

NUESTROS SEGUROS SON ÉTICAS Y JUSTAS: LO ACREDITA EL SELLO EUROPEO ETHSI

SEA CUÁL SEA EL PRECIO DE TU CONVENIO, TE LO BAJAMOS

Todo bajo las condiciones previstas en las bases legales de la campaña. Para consultarlas, haz clic aquí.

COBERTURAS

ACCIDENTE LABORAL

  • Fallecimiento
  • Gran invalidez
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Incapacidad permanente total
  • ENFERMEDAD PROFESIONAL

  • Fallecimiento
  • Gran invalidez
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Incapacidad permanente total
  • FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA

    ¿QUÉ HAY QUE SABER?

    ¿QUÉ INCLUYE UN CONVENIO LABORAL?

    Este tipo de acuerdos colectivos amparan sobre todo las situaciones de defunción e invalidez por un accidente de trabajo. Sin embargo las negociaciones de los convenios son cada vez más exigentes en la protección personal de quien realiza la actividad profesional por cuenta ajena.

    Por este motivo, se incorporan a los convenios otras muchas obligaciones, como las derivadas de accidentes no laborales, enfermedades profesionales, defunción por causa natural, ayudas por defunción, gastos de sepelio, invalideces parciales, lesiones no invalidantes o capital por accidente de circulación .

    COBERTURAS

    Se garantizan capitales de los accidentes que pueda sufrir el asegurado durante el ejercicio de su profesión y que sean calificados como “accidente de trabajo”.

    Las coberturas y capitales corresponden a lo que exija el convenio laboral del sector de actividad que se asegura.

    Otras coberturas opcionales:

  • Fallecimiento por enfermedad profesional
  • Fallecimiento natural/gastos de sepelio
  • Fallecimiento por accidente de circulación
  • Invalidez permanente total por accidente
  • Gran invalidez por enfermedad profesional
  • Invalidez permanente absoluta y parcial por enfermedad profesional
  • Invalidez permanente absoluta por enfermedad
  • Invalidez permanente total por enfermedad profesional
  • Invalidez permanente por accidente de circulación
  • Asistencia sanitaria por accidente
  • Lesiones permanentes no invalidantes
  • Hospitalización por accidente
  • Asistencia en viaje
  • CARENCIAS

    La carencia es el período de tiempo que la beneficiaria o el beneficiario debe esperar para poder hacer uso de determinados servicios.

    El seguro de convenio colectivo no tiene carencias.

    REGLAMENTOS

    Aquí puedes consultar el reglamento del producto (condicionado general):
    Estatutos

    Reglamento general
    Convenios colectivos de accidente

    CÓMO ACTUAR EN CASO DE ACCIDENTE

    Mutuacat pone a disposición del medidor, empresa y asegurados la normativa de actuación en caso de accidente para la gestión del siniestro.
    La normativa es de obligado cumplimiento.

    Descárgate aquí la normativa de actuación en caso de accidente por la gestión del siniestro

    MÁS INFORMACIÓN

      Nombre

      Teléfono

      Horario de preferencia:

      Motivo de la llamada:

      Dirección electrónica:

      [mc4wp_checkbox]

      He leído y acepto la política de protección de datos de carácter personal.

      ES